SAT | Complemento para la nómina Versión 1.2

24 Oct 2016
Complemento Nómina CFDI

El pasado viernes 30 de septiembre, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en su sitio web la especificación técnica del complemento del CFDI recibo de pago de nómina, en su versión 1.2 (complemento de nómina), el cual entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2017.

El SAT dio a conocer esta publicación con el objetivo de que los contribuyentes y las empresas desarrolladoras de Software conozcan con anticipación dicha especificación, y estén en condiciones de ponderar, planear e iniciar oportunamente las acciones necesarias para su puesta en operación al inicio de su vigencia, incluyendo el desarrollo o modificaciones necesarias en los sistemas informáticos y procesos internos.

Cambios importantes en el complemento de la nómina:

  • Otros Pagos; un nuevo nodo donde se registrarán los pagos que no derivan de la relación laboral patrón-empleado.
  • Nuevo campo para el registro de la Cuenta bancaria del empleado, el cual será obligatorio si el método de pago es transferencia bancaria.
  • Nuevo atributo llamado Tipo de Nómina en donde se debe indicar si es una Nómina Extraordinaria o Nómina Ordinaria, con el objetivo de diferenciar los pagos programados con determinada periodicidad de otros pagos eventuales.
  • Se incluirá un nuevo nodo para Incapacidades.

Otras modificaciones relevantes:

  • El número de seguridad social es opcional, salvo que se cuente con él, o se esté obligado a tenerlo conforme a otras disposiciones legales.
  • La incorporación de la CURP del emisor del comprobante de nómina cuando sea una persona física; en el caso de ser persona moral, se requiere RFC.
  • El registro patronal será opcional, excepto cuando se cuente con él, o se esté obligado a tenerlo conforme a otras disposiciones legales.
  • Se establece un nuevo campo para los contribuyentes que prestan el servicio de outsourcing en donde deberá manifestarse: la lista de las personas que los subcontrataron, el RFC de la persona que subcontrata y el porcentaje del tiempo que prestó sus servicios con el RFC que lo subcontrata.

Si quieres conocer a detalle los requisitos de los recibos de nómina puedes consultar los siguientes documentos publicados por el SAT:

Adicionalmente la información se complementará con un resolutivo dentro de la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal, donde se confirme el inicio de vigencia a partir del 1 de enero de 2017.

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